Las mascotas miembros de la familia por ley en España

Un paso adelante en la defensa de los derechos de los animales domésticos. Desde el pasado miércoles 5 de enero, los animales de compañía como perrosgatospájaros y el resto de mascotas serán considerados “seres vivos dotados de sensibilidad”. Por lo que gracias a la reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, los animales, que hasta este momento eran considerados cosas, pasarán a tenerse en cuenta como un miembro más de la familia a nivel legal. La nueva ley 17/2021, de 15 de diciembre, adapta el Código Civil a la verdadera naturaleza de los animales y a las relaciones de convivencia que se establecen entre ellos y los seres humanos.

 

 

El cambio del estatuto jurídico de las mascotas aparece en una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, que fue aprobada el 2 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el día 16 de ese mismo mes. Dado que el texto publicado en el BOE no especifica la fecha de entrada en vigor de esta medida, se aplica la ‘vacatio legis’. Esto significa que, en ausencia de fecha específica, la entrada en vigor tiene lugar 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que en este caso fue el pasado miércoles 5 de enero.

La nueva norma sobre la consideración de perros, gatos y otras mascotas y animales domésticos como “seres vivos dotados de sensibilidad” y miembros de la familia regula la custodia compartida de los animales de compañía en caso de divorcio o separación y señala que las mascotas no pueden ser embargadas o hipotecadas. Además, los animales no pueden ser abandonados y no se les puede causar sufrimiento o dolor. Por otra parte, tampoco pueden ser utilizados como herramienta en la violencia de género ni se podrá disponer de ellas por testamento.

“Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección”, señala el BOE.

Fuente: Información.es