- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) recomiendan se permita la posibilidad de teletrabajo.
- Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) indica está prohibido almacenar, ocultar o retener productos.
- Jueves 25 de enero, 2024. Luego de que el ministerio de Salud confirmará la presencia de hidrocarburos en las fuentes de agua, en algunos distritos de los cantones de Goicoechea, Moravia, Tibás, Montes de Oca y San José, y en aras de garantizar el resguardo por la salud pública, se emite una orden sanitaria al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, donde solicita lo siguiente:
- Proveer de agua potable en calidad y cantidad que cumpla con condiciones adecuadas para su consumo a los habitantes de los distritos afectados (Anselmo Llorente, Calle Blancos, Carmen, Cinco Esquinas, Colima, Guadalupe, León XIII, Merced, Mercedes, San Francisco, San Juan, San Vicente, Uruca), dicho suministro debe mantenerse hasta tanto no se demuestre que el agua para consumo humano ya no presenta trazas o concentraciones de hidrocarburo.
- Las autoridades de AYA deberán presentar ante la Dirección de Área Rectora de Salud de Goicoechea, cronograma de muestreos acreditados que incluya reportes diarios de la condición del agua del sistema de abastecimiento Los Sitios – Guadalupe – Tanque San Blás y los mapas de distribución de agua, detallando los puntos geográficos afectados, cantones, distritos y barrios.
- Se solicita, además, investigar de manera exhaustiva e inmediata el origen de la contaminación detectada e implementar todas las acciones remediales necesarias para eliminar por completo la presencia de hidrocarburos.
- Por otro lado, ante la situación, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), dentro de sus competencias, recomienda a los patronos y jerarcas institucionales tomen las prevenciones del caso, y bajo las potestades legales y normativa vigente, se insta la posibilidad de brindar la modalidad de teletrabajo.
- El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), informa que de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472, están prohibidas las acciones que busquen restringir la oferta (abastecimiento), circulación o distribución de bienes y servicios. Lo anterior, en caso de que establecimientos comerciales ubicados en los cantones afectados por la situación de contaminación de agua, o en cantones cercanos a ellos estén acaparando o limitando la venta, de agua embotellada a los consumidores. Al ser esta una situación excepcional que afecta solamente o a unos cantones, en los cuales existe una alta cantidad de establecimientos, se hace un llamado a los consumidores para que eviten pagar precios elevados por este bien, recordando que el AyA estará habitando rutas de reparto de agua potable con camiones cisterna para garantizar el acceso. Para más información puede llamar a la línea 800-Consumo (800 266 7866).
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