Sanciones gran final del pasado Torneo de Apertura

El tribunal Disciplinario de la FCRF realizó su primera sesión del año para determinar los castigos correspondientes al segundo partido de la gran final del Campeonato que disputaron Herediano y Saprissa el 19 de diciembre.

Deportivo Saprissa
-Al jugador Walter Cortés Pérez con cuatro partidos y doscientos mil colones de multa de conformidad con lo siguiente: a) Dos partidos de suspensión y una multa de cien mil colones según el artículo 37 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por ser culpable de juego brusco grave al patear a un adversario con uso de fuerza excesiva y b) Dos partidos de suspensión y una multa de cien mil colones de conformidad con el artículo 37 inciso 5, por ubicarse en la gradería después de haber sido expulsado.

-Al club morado con una multa de 1.500.000 de colones de conformidad con el artículo 54 quater faltas graves inciso 12, ya que por sétima ocasión en la temporada se presentan celebraciones con abrazos.

Club Sport Herediano
-Al jugador Jonathan McDonald Porras con tres partidos de suspensión y una multa de 175.000 colones de conformidad con el artículo 38 inciso 1, por ser culpable de utilizar lenguaje ofensivo en contra del árbitro del encuentro.

-Al club rojiamarillo con una multa de 200.000 colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1, ya que cinco personas o más fueron sancionadas con medidas disciplinarias por el cuarteto arbitral por sétima ocasión en la temporada.

-También al club otra multa de 175.000 colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1, por retrasar el inicio del encuentro por sexta ocasión en la temporada.

-Al club otra multa de 1.500.000 de colones de conformidad con el artículo 54 quater faltas graves inciso 12, ya que por cuarta ocasión en la temporada se presentan celebraciones con abrazos.

-Al club otra multa de 1.000.000 de colones de conformidad con el artículo 54 quater faltas gravísimas inciso 20, por incumplir el Protocolo de Estadios con Afición, específicamente el punto 8.3.1 inciso e) el cual indica que no se permiten espectadores viendo el partido de pie, por primera ocasión en la temporada.

-Al club otra multa de 500.000 colones de conformidad con el artículo 54 quater faltas graves inciso 10, por no garantizar el uso individual de envases por primera ocasión en la temporada debido a que tres de sus jugadores compartieron de una misma botella.

-Al club otra multa de 2.500.000 colones de conformidad con lo siguiente: a) 1.500.000 colones de conformidad con el artículo 54 quater faltas gravísimas inciso 1, por no asegurar el adecuado uso de cubrebocas en el estadio por segunda ocasión en la temporada y; b) Una multa de 1.000.000 colones de conformidad con el artículo 54 quater faltas gravísimas inciso 16, debido a la invasión a la cancha de asistentes al partido.

-Al club herediano otra multa de 250.000 colones de conformidad con el artículo 59 inciso 2 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División y el artículo 2.1 del Reglamento de Premiación de la UNAFUT, ya que los únicos autorizados para asistir a la ceremonia de premiación son los jugadores y cuerpos técnicos y no así los directivos del equipo.

Prensa Unafut :Gustavo Jimenez